martes, octubre 07, 2008

 

Ojito con faltar al trabajo

Leía ayer en Periodista digital que una empresa de Barcelona ('El Punt del Peix') ha despedido a una trabajadora alegando las faltas repetidas e injustificadas de asistencia y puntualidad de su empleada. Hasta ahí todo podría parecer normal. La extrañeza surge al saber que la empleada en cuestión está en coma, en el hospital, desde que el pasado mes de septiembre sufriera un grave accidente de tráfico.

Pese a este "pequeño" detalle, la empresa, una cadena de tiendas de venta de pescado minorista, alega en la carta de despido de esta trabajadora el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, que cita como motivo para echar a un empleado las faltas repetidas e injustificadas de asistencia y puntualidad. Desde mi punto de vista están justificadísimas, porque la pobre mujer no está ni siquiera consciente...

Según el Colectivo de abogados Ronda, que ha denunciado la situación, la actitud de la empresa "es especialmente grave y demuestra un menosprecio total por los derechos de la trabajadora que no sólo está de baja, motivo más que justificado para faltar al trabajo, si no porque además está hospitalizada y en coma". Añaden, además, que este despido "sobrepasa" a todo lo que en el campo del despido han debido tratar como profesionales, y lo califican de "despropósito".


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